Es el derecho fundamental consagrado en los artículos 23 de la CN, 5 y subsiguientes del CCA; por medio de él podemos formular respetuosamente solicitudes a las autoridades –o particulares que cumplen funciones públicas- y exigir de éstas una respuesta oportuna. Las peticiones pueden ser de interés particular (que solo benefician a quien la formula) o general (que benefician a la comunidad), y no necesitan de abogado para ser formuladas.
Las autoridades tienen un término de 15 días hábiles para contestar quejas, 10 días para contestar peticiones de información, y de 30 para responder consultas. Si no hay respuesta en estos términos y tampoco se ha enviado a la persona interesada comunicación que justifique el retardo de la respuesta, se puede presentar una acción de tutela para que un juez ordene una respuesta rápida y efectiva.
- Formato de Derecho de Petición por Persona Detenida:
Lugar y fecha
Señor(a):
_____________________
E. S. D.
Ref.: Derecho Fundamental de Petición.
_____________________________, identificado(a) como aparece al pie de mi firma, recluido(a) en el establecimiento ________________________________, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Constitución Nacional y en los artículos 5, 17 y S.S. del CCA y demás normas concordantes, por medio del presente escrito, interpongo Derecho Fundamental de Petición.
HECHOS
1. ____________________________________________________________.
Por lo anteriormente expuesto, presento la siguiente:
PETICIÓN
1. Solicito que __________________________________________________.
Atentamente,
Firma: _____________
C.C. No. _____________
T.D. No. _____________
Patio: _____________