Wilfredo Díaz Bermúdez

Campesino recolector de café que vive en el municipio de Algeciras, Huila. WILFREDO es un ejemplo del campesino trabajador víctima directa del conflicto político, social y armado que vive nuestro país en una modalidad que sistemáticamente viene aplicando el gobierno nacional a través de las “detenciones arbitrarias ” y los “montajes judiciales”, principalmente en las zonas rurales y desafortunadamente silenciada por los medios de comunicación. El 29 de Noviembre de 2009 Wilfredo llego en horas de la mañana a la Galería de Algeciras (Huila). Momentos después se inicio una balacera en la que se produjo el deceso de algunas personas y lesiones de otras; entre estas se encontraba Wilfredo quien resulto herido en una pierna y quien no portaba ningún tipo de arma, ni participo en la confrontación; pero desafortunadamente se encontraba cerca del lugar de los acontecimientos y por haber estado anteriormente vinculado a un proceso de rebelión, del cual fue absuelto, se constituye una fácil carnada para el cuerpo de policía que aras de buscar responsables, encaminan la investigación en su contra con el propósito absurdo que respondiera por unos hechos en los que no tuvo participación alguna. Las acusaciones contra WILFREDO, se basan en los testimonio de dos policías del municipio: ORLANDO PERALTA CIFUENTES y REINALDO DURANGO MESA, testigos que desde luego les asiste un alto interés en el proceso, pues en los sucesos fallecieron algunos de sus compañeros. Incluso PERALTA CIFUENTES recibió alrededor de 7 disparos en su cuerpo y por ende tenían que presentar resultados positivos frente al ataque de civiles que no pudieron identificar. En estos únicos elementos de prueba que fueron valorados se configuran serias y profundas contradicciones entre los testimonios, constituyendo así un falso argumento para incluir en error el razonamiento hecho por el juez de conocimiento. De igual forma la fiscalía incumplió su deber constitucional establecido en el inciso segundo del Art 250, que la obliga a investigar en todo su esplendor y no solo lo que pueda incriminar al investigado ya que omitió recolectar los dos proyectiles que quedaron en el cuerpo del occiso TITO VALVERDE y por ende no lo sometieron al estudio técnico - científico de balística para determinar que arma los había accionado y si era un arma de corto o largo alcance. Adicionalmente cuando se tomaron las muestras de residuos en las manos de WILFREDO, la pericia técnico-científica demostró que no se presentaban las sustancias químicas que demuestre que WILFREDO disparo un arma o accionó alguna arma de fuego el día de los hechos. Lo anterior muestra que en este proceso se violaron las siguientes garantías fundamentales: el debido proceso, defensa, presunción de inocencia y debido contradictorio por indebida valoración del material probatorio descubierto en el proceso. En el juicio oral, WILFREDO DÍAZ BERMÚDEZ fue condenado a la pena de seiscientos (600) meses de prisión, multa de ciento cuarenta (140) salarios mínimos mensuales vigentes y a la accesoria de inhabilitación en el ejercicio de derechos y funciones públicas por un lapso máximo de veinte (20) años como coautor, responsable de los delitos de homicidio agravado, en concurso homogéneo y homicidio agravado en la modalidad de tentativa y del delito de rebelión. Actualmente WILFREDO se encuentra recluido en la cárcel de Cómbita en espera de la decisión tomada por el juez de segunda instancia, teniendo en cuenta que su abogado de oficio apelo la decisión tomada por el juez de primera instancia.

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